BONIFICACIONES DE CONTRATOS DE TRABAJO 2023.

BONIFICACIONES DE CONTRATOS DE TRABAJO 2023.

 

El pasado 1 de septiembre entró en vigor el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
A modo de resumen le indicamos las bonificaciones establecidas para empresas que contraten a personas de determinados colectivos recogidas en dicha normativa:

REQUISITOS DE LA EMPRESA
Mantener en situación de alta al trabajador al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato, transformación o incorporación del trabajador bonificado.

BONIFICACIONES
Personas con capacidad intelectual límite: Discapacidad mayor del 20% y menor del 33%. 128 €/mes durante 4 años.

Personas trabajadoras readmitidos tras haber cesado por incapacidad permanente: 138€/ mes durante 2 años.

Igualmente, esta bonificación también será de aplicación en los casos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría y a personas mayores de 55 años que recuperen su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.

Personas en riesgo o situación de exclusión social: 128 €/mes durante 4 años.

Se bonificará el primer contrato de personas en situación de exclusión social tras la finalización de un contrato con una empresa de inserción: 147 €/mes durante un período máximo de 12 meses ampliable por 3 años más.

Mujeres víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos, de explotación o violencia sexual o laboral, mujeres en contextos de prostitución: 128€/mes durante 4 años.

Víctimas del terrorismo: 128 €/ mes durante 4 años.

Desempleados de larga duración: 110 €/mes durante 3 años y 128 euros al mes cuando estos contratos sean de mujeres o personas de 45 o más años.

Jóvenes en el Sistema de Garantía Juvenil menores de 30 años con baja cualificación y que estén inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil: 275 €/mes durante 3 años.

Contratos de duración temporal por sustitución. ANTIGUAMENTE CONTRATO DE INTERINIDAD.
Existen varios supuestos en los contratos por sustitución:

Sustitución de autónomos de baja por riesgo durante el embarazo, riesgo en la lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante, con personas menores de 30 años: 366 €/mes durante el periodo de sustitución.

Sustitución de personas trabajadoras que estén percibiendo las prestaciones económicas por riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, por nacimiento y cuidado del menor o la menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante con personas menores de 30 años: 366 €/mes durante la sustitución.

Sustitución de trabajadores con discapacidad que tengan suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal:366 €/ mes durante el periodo de sustitución.

Bonificaciones para favorecer la conciliación:
Además, se prevé bonificaciones en la cotización de las personas trabajadoras sustituidas:

Personas trabajadoras sustituidas durante el nacimiento, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia:366 €/mes durante el período en que se superpongan el contrato de sustitución y la prestación para la cotización de personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas.

Personas trabajadoras en situación de riesgo en el embarazo o la lactancia, o adaptación de puesto de trabajo por una enfermedad profesional:138 €/mes durante el cambio de puesto.

Formación en alternancia: 91 €/mes, además dan derecho a una bonificación de 28 €/mes en las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta.

Igualmente, para estos contratos se establece, además, el importe de 1,50 euros por alumno/hora de tutoría por los costes derivados de la tutorización de las personas trabajadoras. Para el caso de empresas con menos de 50 trabajadores, la bonificación será de 2 euros por alumno/hora de tutoría.

Transformación en contratos indefinidos
Existen varias opciones para transformar contratos formativos, de relevo y prácticas en indefinidos:

Transformación de contratos formativos en indefinidos a la finalización de su duración inicial o prorrogada: 128 €/mes durante 3 años, en el caso de mujeres, la bonificación será de 147 €/mes.

Transformación en indefinidos de contratos de relevo: 55 €/mes durante 3 años. Esta bonificación será de 73 €/mes para mujeres.

Incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas:138 €mes durante 3 años.

Incorporación de personas trabajadoras desempleadas a cooperativas y sociedades laborales: 73 €/mes durante 3 años.

Si se trata de personas menores de 30 años o personas menores de 35 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%: 147 €/mes durante el primer año, y de 73 € durante los dos años siguientes.

Contratación de personal investigador pre doctoral: 115 €/mes por la durante la vigencia del contrato.

Transformación de contratos temporales agrarios en fijos discontinuos: 55 €/ mes durante 3 años, si se trata de mujeres, la bonificación será de 73 €al mes.

Prolongación de contratos fijos-discontinuos en turismo, comercio y hostelería: 262 €/ mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año.

No obstante, ante la diversidad de bonificaciones existentes, les indicamos enlace donde ofrece la información estructurada por modalidad de contrato, colectivo al que pertenezca el trabajador y tipo de empresa.

https://www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/publicaciones/publicaciones-oficiales/listado-pub-empleo/bonificaciones-reducciones-contratacion-laboral.html